La sanción mínima en Derecho de Aguas

El artículo 318 del  Reglamento del Dominio Público Hidráulico establece que la multa a imponer por la infracción de menor importancia en materia de Derecho de Aguas, la leve, puede alcanzar hasta 10.000 €; para la fijación del importe concreto al que asciende una multa, de acuerdo con el artículo 321 de la citada norma, […]