Reflexión legal a propósito del veto ruso

En este momento en que los agricultores se plantean cómo afrontar el veto ruso impuesto a la importación de productos agroalimentarios de la Unión Europea, me parece conveniente recordar cómo se respondió ante una situación similar no hace tanto tiempo.
En el año 2001, con motivo de la enfermedad de las “vacas locas” (encefalopatía espongiforme bovina o “eeb”), casi 500 ganaderos españoles, con el apoyo de la Confederación de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) y de la Unió de Pagesos, interpusieron ante el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas un recurso requiriendo que se condenara al Consejo de Ministros de la UE y a la Comisión Europea al abono de compensaciones por los perjuicios económicos y daños morales causados por un importe total de más de 22 millones de euros.
De acuerdo con la sentencia que resolvió tal controversia, la reclamación se presentó con el objeto de obtener la reparación de los daños supuestamente sufridos por los demandantes, como consecuencia de las acciones y omisiones del Consejo y de la Comisión, a raíz de la aparición de la enfermedad de la encefalopatía espongiforme bovina en España.
El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea, a través de sentencia de 13 de diciembre de 2006, resolvió que no cabía condenar al pago de cantidad alguna ni al Consejo de Ministros ni a la Comisión Europea dado que:
i) Las acciones y omisiones (que indicaban los demandantes que ambas instituciones habían desarrollo cometiendo una ilegalidad) no podían considerarse causa cierta y directa de la aparición de la citada enfermedad en España en 2000 ni tampoco el origen de la derivada caída del precio y del consumo de la carne de vacuno en nuestro país.
ii) No se había demostrado que la eeb no habría afectado al ganado vacuno español de haberse adoptado por las citadas instituciones las acciones que los demandantes señalaban que se debían haber desarrollado.
Texto íntegro de la sentencia disponible en http://curia.europa.eu/
Publicado en el número 977 de octubre de 2014 de la Revista Agricultura de Editorial Agrícola (http://www.editorialagricola.com), en su página 652.