Monté una caseta de madera en mi parcela y me condenaron a 6 meses de prisión


La Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 16.07.2013 enjuició a una persona que promovió sin autorización administrativa de la Consejería correspondiente una casa de madera de 25 m2 de planta, lo que estaba prohibido porque dicha parcela se asentaba sobre suelo calificado como no urbanizable de protección forestal; en dicha parcela se podían construir exclusivamente edificaciones destinadas al servicio de guarda forestal y prevención de incendios o auxiliares del aprovechamiento forestal de la zona, no constituyendo el caso enjuiciado ninguno de estos supuestos. Para tener acceso a la parcela, el acusado abrió igualmente sin autorización administrativa, dos caminos, eliminando la cubierta vegetal de 1.200 m2.

Esta persona, por tal conducta, fue condenada por el Juzgado de lo Penal, entre otras penas, a la de prisión de 6 meses, como responsable de un delito relativo a la ordenación del territorio del artículo 319.2 del Código Penal (delito que castigaba en aquel momento » a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo una edificación no autorizable en el suelo no urbanizable»; hoy en día tal delito castiga no solo la construcción en aquellos términos de «edificaciones» si no también de «obras de urbanización y construcciones»)

Por el condenado se recurrió la Sentencia del Juzgado de lo Penal ante la Audiencia Provincial la cual confirmó la decisión adoptada en primera instancia. El condenado alegó en su recurso, entre otras causas, que:

I) «Iba a destinar esa casa para depósito o almacén de utensilios relacionados con lo forestal». La Audiencia rechaza tal razonamiento dado que ninguna prueba ha realizado al respecto.

II) Actuó ignorando que debía obtenerse autorización para realizar tal edificación, alegación que también fue desestimada al considerar que «hoy en día es de todos conocido que el levantamiento de una casa de las características de la examinada en el presente proceso, en una zona geográfica como la expuesta, necesita la obtención de las correspondientes autorizaciones municipales, y entre ellas la licencia de obras, sin que sea invocable un error de prohibición basándose en una supuesta ignorancia de tal exigencia».

Sentencia disponible en http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

Publicado como «Cuando construir una caseta de madera sin autorización en suelo no urbanizable constituye delito» en el número 969 de enero de 2014 de la Revista Agricultura de Editorial Agrícola (http://www.editorialagricola.com), en su página 18.