También se anulan los Swaps de grupos agrícolas y ganaderos

Acostumbramos a asociar los juicios sobre clausulas suelo, participaciones preferentes o swaps con consumidores o particulares, desechando la idea que una empresa o sociedad puede reclamar por tales cuestiones. Sin embargo, no siempre ocurre así; la Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de marzo de 2017 es una buena muestra de ello.

Esta sentencia resuelve un recurso interpuesto por  una sociedad (que agrupaba a varias empresas dedicadas a la explotación agrícola y ganadera) que suscribió con una entidad financiera un contrato de financiación por importe de 400.000 euros y adicionalmente un contrato de gestión de riesgos financieros, es decir, un Swap, cuya finalidad era ofrecer una cobertura contra el riesgo de la subida de los tipos de interés.

La Ley del Mercado de Valores (art. 78 bis) obliga a las entidades financieras a una serie de deberes con aquellos clientes que han sido calificaciones como minoristas (y no como profesionales): deberán asegurarse de la idoneidad y conveniencia de los productos ofrecidos y de suministrar información completa y suficiente, y con la antelación necesaria, sobre los riesgos que conllevan (en parecido sentido se pronuncia el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero).

El Tribunal Supremo consideró que la entidad financiera no dio la información suficiente lo cual provocó un error en el consentimiento de quién contrató con la entidad bancaria: la entidad bancaria no cumplió con los deberes de información de los riesgos concretos que podrían derivarse del funcionamiento del producto financiero, o del riesgo que podía comportar el coste económico de su cancelación anticipada.

A pesar de que el administrador de la sociedad que contrató con la entidad bancaria había acordado numerosos créditos en el marco de su actividad, el Tribunal Supremo resta relevancia a tal circunstancia: el hecho de que el cliente sea una sociedad mercantil no supone necesariamente su carácter experto, puesto que la formación necesaria para conocer la naturaleza, características y riesgos de un producto complejo y de riesgo como es el swap no es la del simple empresario


Por todo ello el Tribunal Supremo terminó por anular el contrato de gestión de riesgos financieros (swap o permuta financiera) ordenando la restitución recíproca de las prestaciones realizadas junto  con sus intereses legales desde la fecha de pago.

Publicado en el número 1006 de mayo de 2017 de la Revista Agricultura de Editorial Agrícola (http://www.editorialagricola.com), en su página 374.