Reclamación de agricultor por daños causados en sus cultivos por animales salvajes

La Sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 27 de noviembre de 2019 desestimó el recurso presentado por un agricultor propietario de varias fincas rústicas, cultivadas de almendros, frutales y olivos, colindantes a un parque regional, quien vino a recurrir la decisión de la Consejería de Agricultura de la Región de Murcia de rechazar la solicitud de indemnización de los daños y perjuicios causados a sus cultivos e infraestructuras por parte de la fauna silvestre existente en el parque regional, concretamente de arruís o muflones.

Son varios los requisitos que deben concurrir para que una Administración Pública resulte responsable de unos determinados daños: i) existencia de un daño efectivo evaluable económicamente e individualizado, ii) que el daño o lesión sufrida por el reclamante venga derivado del funcionamiento normal o anormal de la Administración, iii) ausencia de fuerza mayor, iv) que el dañado no tenga el deber jurídico de soportar el perjuicio y iv) que no haya transcurrido más de un año desde que el daño se produjo.

El Tribunal Superior de Justicia resolvió rechazar la solicitud de indemnización del recurrente debido a que varios de dichos requisitos no se dieron:

  1. En primer lugar, el recurrente no demostró ser propietario de las fincas en las que supuestamente se dieron los daños.
  2. En segundo lugar, el recurrente no cumplió con las obligaciones que le correspondían para la protección de su finca, en este caso, la presentación de una memoria ambiental y la instalación de valla cinegética.
  3. En tercer lugar, en cuanto al plazo de un año en el que se debe de reclamar desde que se produjo el daño, constaba que algunos de los daños inspeccionados y por los que se reclamaba, traían cuenta de los años 80, sin que se hubiera actuado de ninguna manera sobre los mismos.
  4. En último lugar, diferentes informes del Parque Regional en cuestión y de los Ayuntamiento limítrofes refirieron no tener constancia de la existencia de daños en fincas de la zona por ataques de animales o de denuncias por tal cuestión.

Publicado en la Revista «Agricultura» de Editorial Agrícola, numero 1.037, marzo de 2020, pg. 27.